Hace unas semanas Albert Rivera, líder de Ciudadanos, anunció que en febrero debatirá en el Congreso la Ley de Gestación Subrogada. A raíz de ello, hace unos días, Rivera preguntó: “¿Hay algo más feminista que una mujer ayudando de forma altruista a tener un hijo a otra mujer?». Las redes sociales echaron humo, reabriendo un debate que nunca terminó de cerrarse: ¿Es importante legalizar los vientres de alquiler? ¿Qué hay detrás de ello?
La Gestación Subrogada a debate
Gestación subrogada, maternidad subrogada, úteros de alquiler, gestación por sustitución o vientres de alquiler. Son diferentes eufemismos para justificar y dulcificar un negocio de compra y venta de bebés que deshumaniza a las mujeres. “Incluso el concepto de vientres de alquiler se queda corto. No están alquilando solo un vientre. Están alquilando a una mujer que ha perdido el poder de decisión sobre su cuerpo durante todo el tiempo que dura el embarazo”, asegura la abogada Núria González, autora del libro “Vientres de alquiler”. Una práctica que cosifica el cuerpo de las mujeres a través de su mercantilización como vasijas para alojar el hijo o la hija deseada para otra persona.
El propio Consejo de Europa y el Parlamento Europeo lo han condenado por ser contraria a la “dignidad humana” y “una explotación del cuerpo femenino”. Esto significa que el deseo de ser padres o madres no es un derecho, más aún cuando supone una práctica de explotación sobre las mujeres. Asimismo, en ninguno de los 30 puntos de la Declaración de los Derechos Humanos se aborda el derecho a tener hijos, a pesar de que hay quienes lo convierten en un negocio muy lucrativo para las empresas intermediarias que explotan a las mujeres que están en situación de necesidad. El coste oscila entre 50.000 y 100.000 euros dependiendo del país. De ese dinero, solo entre un 20 y un 25 % del total del coste del proceso va destinado a la madre gestante. El resto se reparte entre los gastos médicos y jurídicos y, sobre todo, las agencias intermediarias.
Qué dice la ley sobre contratar un vientre de alquiler
Cada país tiene su regulación. Ucrania, Estados Unidos, Reino Unido, Brasil, Kazajistán, México, Camboya y Grecia son algunos de los países en los que esta práctica está aprobada. En Francia, Suecia, Noruega, Alemania y España está prohibida. Mientras que en Reino Unido, Bélgica y Países Bajos está aprobada de modo altruista, pero no para el comercio. En el caso de Brasil está aprobada solo para familiares directos. De todos ellos, Estados Unidos es el favorito, concretamente California, pero también el más caro: 100.000 euros. Quienes no pueden permitirse pagar esa cantidad, van a Ucrania o incluso a Camboya, Nepal o India, donde está práctica se realiza sin apenas controles y las mujeres son explotadas económicamente como simples incubadoras.
En el caso de España, la ley prohíbe los vientres de alquiler según el artículo 10 de la ley 14/2006 del 26 de mayo sobre las Técnicas de Reproducción Humana Asistida que establece que “será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero”. Sin embargo, la Dirección General de los Registros y el Notariado dictó una Instrucción el 5 de octubre de 2010 mediante la cual se permite la inscripción en nuestro país de la filiación derivada de un convenio de gestación por sustitución celebrado en el extranjero.
De ese modo, desde entonces cada año entran en España entre 700 y 1.000 niñas y niños nacidos a través de este sistema. El 80% por parte de parejas heterosexuales. Una de las partes de la pareja se inscribe como padre biológico y la otra como la que adopta. En el caso de que la gestante sea de Estados Unidos, el o la niña ya viene inscrita en el libro de familia desde las embajadas o consulados españoles. De esa manera en el registro civil queda reconocida la filiación. Todo ello a pesar de que en 2014 el Tribunal Supremo dictó una sentencia donde mantuvo su negación a reconocer dichos convenios.
Los contratos de gestación
El capítulo 2 de principios fundamentales del Convenio de la Haya sobre la Adopción Internacional establece en el artículo 4.c.4 como norma fundamental que el consentimiento de la madre biológica solo puede darse después del nacimiento del bebé. Esto significa que están prohibidos los acuerdos previos y las compensaciones económicas, a pesar de que son habituales estos acuerdos incluso antes de implantar el embrión.
Normalmente, cuando una mujer da a luz no puede dar a su bebé en adopción hasta que han pasado tres meses por si podría arrepentirse, pero en el caso de la maternidad subrogada esto no es posible. Los contratos que se firman no admiten el arrepentimiento y contemplan medidas punitivas si se alteran las condiciones del contrato. Es decir, no tiene derecho a decidir si quieren quedarse con el bebé.
Un ejemplo es el del caso de 1987 en Estados Unidos: un juez decidió dar por válido un contrato mercantil que asignaba el bebé a una pareja contratante, a pesar de que la madre deseaba quedarse con él. Es por ello que las clínicas de subrogación someten a las madres a terapia psicológica, especialmente a partir del quinto o del sexto mes, a través de la cual se intenta “suprimir” el vínculo materno-fetal. Ante ello, muchas de estas mujeres necesitan a menudo la ayuda de grupos de apoyo para sobrellevar psicológicamente su gestación y el posterior trauma.
Aun firmando esos contratos hay quien no se fía, por lo que a veces se busca que la madre gestante sea diferente a la donante de óvulo para evitar un posible conflicto jurídico. De este modo la gestante tiene más difícil reclamar el bebé. Dentro de esos contratos también pueden encontrarse clausulas en las que se prohíbe viajar o mantener relaciones sexuales, o incluso qué deben comer. También se las obliga a abortar si la pareja de alquiler lo desea. Incluso se han dado casos en los que las parejas han rechazado el bebé por tener algún tipo de problema. Hecho en la que la madre entra en deuda. En otros casos, el parto se programa en la fecha de conveniencia para la pareja contratante, con los riesgos para la salud de las mujeres que ello tiene.
La razón por la que estas parejas no acuden a las adopciones está en que en los vientres de alquiler se acortan los tiempos de espera y los requisitos que se exigen dejan de existir. Además, les permiten elegir el material genético e incluso tener hijos o hijas con su propia huella genética. Ello ha conllevado a que las cifras de las adopciones hayan descendido.
¿Es altruismo?
El argumento del altruismo y generosidad de las mujeres gestantes para validar la regularización de los vientres de alquiler también es un error, ya que es la falta de dinero la que les hace dar el paso. La mayoría son mujeres de entre 25 y 35 años que ya han sido madres y se encuentran en una situación de pobreza. Además, se enfrentan no solo a las secuelas psicológicas de este proceso, sino también a otros problemas de salud. Así, por ejemplo, a las gestantes se las hormona para preparar el útero y que aniden bien los embriones, ya que se implantan varios por lo que pueden tener gemelos y una mayor exposición a embarazos de riesgos. Esta sobrecarga de hormonas conlleva a náuseas y una alta probabilidad de cáncer de ovarios y de cáncer de mama. Conocidos todos estos riesgos, cabe preguntarse dónde quedan los límites del comercio y, sobre todo, los derechos de las mujeres.
Jéssica Murillo, periodista experta en igualdad e intervención en violencia de género.
5 Comentarios
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El vientre de alquiler es una gran ayuda a los que quieren tener hijos y no pueden. Claro que todo lo que se hace es por dinero, pero en este mundo nadie os da nada por dar. Todo se compra y se vende. Muchas gracias a aquellas mujeres de los vientres de alquiler que se sacrifican por nosotros, los que queremos simplemente ser felices y tener hijos , pero por cuestión de la naturaleza, Dios lo sabe porque no lo podemos.
Pudimos ser padres con la clínica de Feskov en Ucrania. Ya conocemos a varias parejas que lograron su sueño ahí. Gracias a los médicos, todo el equipo de clínica y por supuesto a nuestra gestante Ana!!! -
No estoy de acuerdo con las personas que critican y no respetan la maternidad subrogada. Pienso que se basan en historias que han salido mal ….pero porque los países y las clínicas no reúnen las condiciones adecuadas. Es decir , pienso que muchas personas de las personas que han tenido malas experiencias ha sido porque han acudido a países donde no está regulado. En mi caso siempre tuve claro que debía de elegir un destino donde todo estuviera completamente regulado . Lo principal era que mi hijo estuviera siendo criado desde la legalidad y no tuviera ningún tipo de problema con las leyes. Hemos elegido el país Ucrania , la clínica de reproducción asistida. Los abogados llevaban todo el proceso papeleo , los doctores siempre controlaban el proceso de embarazo . Gracias a todo equipo de la Clínica , sois auténticos profesionales !!
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Hola , Alicia . Me podrías decir el nombre de esta clínica ? Muchas gracias ?
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Si, claro se llama el centro de reproduccion asistida de Feskov . Te dejo su pagina web https://maternidad-subrogada-centro.es. Suerte!
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Os dejo la referencia a la ley de gestacion subrogada en Ucrania, traducida al español: https://maternidad-subrogada-centro.es/maternidad-subrogada-law.pdf