El Protocolo de Acoso contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo es la solución más empleada por las empresas para cumplir el mandato de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, que establece el deber —no es una opción— de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo; así como, el de arbitrar procedimientos para su prevención y para dar solución a las denuncias.
Ahora bien, es frecuente que el protocolo de acoso contenga errores de forma u omisión de contenidos que conviene subsanar para que resulte eficaz.
¿Quieres saber cuáles son los errores más frecuentes? Te lo contamos a continuación, ¡continúa leyendo!.
Errores más comunes en el Protocolo de Acoso
- Se excluye del convenio colectivo de la empresa —si está lo tiene, que no siempre es el caso— y, finalmente, se convierte en un documento olvidado en el cajón.
- No se contempla la posibilidad de que la persona acosadora puede integrar el equipo directivo: presidente/a, dueño/a, socio/a mayoritario, etc. Lo que conlleva un desamparo total de la víctima en este supuesto.
- Se confunde mobbing, acoso sexual y acoso por razón de sexo. Son figuras totalmente diferentes y, aunque tienen elementos en común, debe de quedar claro en el protocolo en qué consiste cada uno de ellos.
- Habitualmente, se considera «agravente» el acoso llevado a cabo por una persona con superioridad jerárquica sobre la víctima, pero no se determina qué consecuencias tiene en la sanción o en el procedimiento esa calificación.
- Se omiten las sanciones que se podrían imponer en caso de confirmarse el acoso.
- Se olvidan mencionar ejemplos de mobbing, acoso sexual y acoso por razón de sexo.
- Se dejan de lado las medidas preventivas como la formación o las campañas de sensibilización.
- Se descuida la protección de las personas que puedan actuar como testigos.
- No se recogen medidas cautelares que permitan proteger a la víctima y a los testigos hasta la resolución del procedimiento.
- Se prescinde de enumerar los medios de prueba y ponderar la validez o prioridad de cada uno de ellos en el procedimiento.
- Se califica el mobbing, acoso sexual y acoso por razón de sexo solamente como falta muy grave, desprotegiendo a las víctimas en los casos de comportamientos leves o graves.
- Se excluyen los sistemas de seguimiento y evaluación, tanto de cada uno de los casos de acoso, como de la eficacia del protocolo.
- Se pasan por alto los mecanismos de comunicación del Protocolo de Acoso a la plantilla, a toda la plantilla. Un excelente Protocolo no sirve de nada cuándo nadie conoce su existencia.
Ejemplos de Protocolo de Acoso sexual y Acoso por razón de sexo
- Gamesa, fabricantes de aerogeneradores.
- Ayuntamiento de Donostia.
- Universidad de Zaragoza.
- Región de Murcia.
- La asociación de empresas de la merindad de Estella (LASEME).
- Telefónica Servicios Audiovisuales, S.A.U.
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