¿Hace falta una nueva ley del aborto?

¿Hace falta una nueva ley del aborto?
3 noviembre 2021 Laura L. Ruiz

La ministra de Igualdad ha insistido en la reforma de la ley sobre el aborto de 2010 desde antes del verano. Son muchos puntos los que cabría mejorar para garantizar que la interrupción voluntaria del embarazo sea un derecho efectivo de las mujeres en España. 

Qué dice la ley sobre el aborto

Actualmente  la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo aprobada en 2010 es una ley de plazos. Esta dice que cualquier mujer mayor de 18 años puede interrumpir por su propia voluntad un embarazo durante las primeras 14 semanas de gestación. Las menores de 18 años y los embarazos de más tiempo se someterán a otros supuestos para su terminación. 

La actual norma sustituye a la anterior de 1985, que hacía que el 95% de las mujeres se sumaran al supuesto de que el embarazo no deseado atentaba contra su salud mental o física. Ya no es necesario. Un cambio que no ha hecho que se disparen los abortos, solo que se hagan de mejor manera. En 2019 se practicaron 99.149 abortos, según el último informe anual elaborado por el Ministerio de Sanidad. Una cifra similar a otros años. El 70,97% de las interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) se realizan en las primeras ocho semanas de gestación y el 23,63%, entre la novena y la decimocuarta semana.

¿Qué se quiere cambiar con la nueva ley?

  • El acceso a este derecho para las mujeres entre 16 y 18 años. 

Esta es una de las modificaciones más solicitadas desde el mismo momento que se aprobó la ley en 2010. Las mujeres entre 16 y 18 años deben tener permiso paterno o materno para interrumpir su embarazo. Esto dejaba en ocasiones a muchas menores que sufrían violencia en casa a manos de su maltratador. Se trata de una obligación de tutela parental que incluyó el PP en 2015 y que la actual ministra de Igualdad ya ha anunciado que quería eliminar. 

  • IVE en los centros públicos 

Una de las mayores críticas es que pese a que los IVE son una prestación médica más del servicio público nacional de Salud, un porcentaje muy pequeño se realiza en hospitales o centros públicos. En concreto, el Ministerio de Sanidad cifra en que el 85% de los abortos se hacen en clínicas concertadas privadas, después de que  en gran parte las mujeres hayan sido derivadas allí desde el sistema público. Esto sucede en parte a que en muchos centros no cuentan con el IVE instrumental, con personal médico para hacerlo y solo ofrecen el aborto farmacológico. Así las mujeres son remitidas a centros privados de otras provincias teniendo que desplazarse cientos de kilómetros incluso con abortos por razones médicas. 

  • Regular la objeción de conciencia

El problema anterior, que no se realicen abortos en los hospitales públicos, también es consecuencia de la llamada objeción de conciencia. Esto se debe a que en muchos centros se da por hecho que existe una objeción de conciencia por parte del personal médico, aunque no hayan sido preguntados en muchas ocasiones. Por eso, el Ministerio de Igualdad anunció que impulsará un registro de objetores de conciencia similar al previsto en la ley de eutanasia, que recoge la creación de estos listados que luego deben elaborar las comunidades autónomas.  “El derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo no puede estar por debajo del derecho a la objeción de conciencia de los médicos -señaló Irene Montero-. Las mujeres han de poder realizar la IVE en un hospital público cercano, eligiendo el método y con garantías para sus derechos”.

  • Acoso a las clínicas, profesionales y pacientes

Dentro de esta dinámica de empujar a las mujeres fuera del sistema sanitario público, está el acoso a las clínicas autorizadas para hacer una intervención voluntaria del embarazo. Desde la Transición pero especialmente en los últimos años, el personal de estas clínicas denuncian el aumento del hostigamiento a ellas mismas, a las pacientes y en las zonas cercanas. Por eso llevan pidiendo al menos dos años que se apruebe por ley una zona segura donde no puedan hostigar ni realizar actos contra este derecho cerca de las cínicas. En Madrid, gracias a una propuesta en el Pleno del Ayuntamiento, ya están establecidas. 

  • Tres días de reflexión obligatorios

Otra de las consecuencias de arrastrar parte de la ley de 1985 a la ley actual son los tres días de reflexión obligatorios. Se trata de una medida totalmente excepcional con la que no cuenta ninguna otra intervención médica. Por eso, desde los grupos feministas insisten en que se trata de una medida de tutelaje de las mujeres contraria a la norma. Montero también se ha pronunciado al respecto con la intención de quitar esta obligación de la ley.

Salud menstrual, duelo perinatal y vientres de alquiler

Esta nueva ley de reproducción sexual también abordará otros temas reivindicados por las mujeres como todo lo que tiene que ver con la salud menstrual, las bajas médicas por dolores, el acceso a los productos higiénicos, etc. «Una ley que incluya las necesidades de todas las mujeres, por ello recabaremos las aportaciones de mujeres jóvenes y mujeres con discapacidad», explicó Montero. Que especificó en el Congreso de los Diputados que era necesario una «ley que aborde la salud menstrual y la anticoncepción. Una ley que aborde el duelo perinatal también».

También se ha comentado que las consultas para la nueva ley abordarán los llamados vientres de alquiler «como forma de violencia contra las mujeres» y como una forma de «explotación reproductiva». Otro tipo de violencia, la obstetricia, también estará presente. Lo mismo que la educación sexual. “Es imprescindible que la educación sexual se implante de manera obligatoria y en todas las etapas educativas», afirmó la ministra, que mantiene que la nueva ley debe estar antes de 2022.

 


Laura L. Ruiz, periodista especializada en igualdad

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