Horario laboral de madres y padres
El Estatuto de los Trabajadores establece que la jornada laboral será de 40 horas semanales. Es decir, 2.080 horas anuales. Entre el final de una y el comienzo de la siguiente tendrán que transcurrir, como mínimo, 12 horas. El número de horas diarias trabajadas no podrá ser superior a 9, y este tiempo computa desde que el trabajador está en su puesto de trabajo —no desde que entra o mientras permanece en la empresa—.
La empresa podrá distribuir de manera irregular el 10% de la jornada a lo largo del año —208 horas—, pero el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de 5 días el día y la hora en la que tendrá que ir a trabajar.
Las condiciones anteriores pueden ser modificadas mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
Sabemos que el horario laboral puede ser: nocturno, a turnos, a jornada continua o a jornada partida, incluir —o no— los domingos y días festivos, etc. Ejemplos:
- Jornada continua: De 08:00 a 16:00. ¡El mejor para conciliar, sin duda!
- Jornada partida: De 09:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00
- Jornada a turnos: De 08:00 a 16:00, o de 16:00 a 24:00, o de 24:00 a 08:00h. Se puede cambiar de turno cada semana o cada tres días.
Horario escolar de los menores
Según la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre cada centro, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar formas de organización y ampliación del calendario o del horario en los términos que establezcan las Comunidades Autónomas y el Mº de Educación, Cultura y Deporte.
La Conselleria de Educación de la Comunidad Valenciana, por ejemplo, determinó en el año 2014 que «a partir del próximo curso, cada colegio tendrá libertad para fijar la duración de su propia jornada escolar», abriendo así por primera vez la vía para la ampliación del horario lectivo, de forma que no habría obligación de ceñirse al clásico de 9 a 17 horas.
Ajustes entre el horario laboral y el horario escolar
Es urgente que la autoridad laboral y la educativa creen lugares de encuentro para reflexionar sobre la posibilidad de adecuar unos horarios a otros y proponer medidas concretas. Las políticas de conciliación derivan en beneficio de la sociedad, la calidad de vida de las familias y en el beneficio económico de las empresa.