Subvenciones en Materia de Igualdad – Xunta de Galicia
1. Ayudas para Planes de Igualdad
Objeto y finalidad
Desde la Xunta de Galicia se ha convocado la subvención dirigida a la puesta en marcha de Planes de igualdad para incentivar a pymes y personas trabajadoras autónomas, para implantar, entre otros, la igualdad laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Entidades beneficiarias
Pymes, Micropymes y personas trabajadoras autónomas, que tengan:
- Cuenta con domicilio social en Galicia o centros de trabajo operativos en la provincia.
- Entre 10 y 49 personas empleadas, a la solicitud de las ayudas y durante todo el periodo de subvención.
- Tasa de estabilidad por lo menos del 50 % desde el 1 de enero de 2024 y durante todo el período de ejecución de las ayudas.
- No haber sido beneficiarias de estas ayudas, por los mismos conceptos, en años anteriores.
- No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades públicas.
Actuaciones subvencionables
Estudio cuantitativo y cualitativo de la estructura organizativa de la entidad que permita conocer la situación sobre los elementos que pueden generar discriminaciones y sobre los recursos de los que dispone la entidad para plantear el cambio.
Elaboración y diseño de un Plan de Igualdad, conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, que tienden a alcanzar en la entidad la igualdad de trato y de oportunidades, fijarán objetivos concretos, estrategias y acciones concretas a adoptar para su consecución, de forma planificada en el tiempo.
Implantamos las medidas prioritarias previstas en la primera fase del el Plan de Igualdad, atendiendo al calendario y plazos establecidos (elaboración de protocolos de acoso, protocolos de selección, manuales y guías, registros, campañas de sensibilización, acciones formativas, etc.)
¡Te ayudamos a solicitar las ayudas de manera gratuita! Infórmate sin compromiso
Desde Concilia2 gestionamos y tramitamos las solicitudes de las ayudas, así como las correspondientes justificaciones, de forma gratuita.
El coste de nuestros servicios será cubierto hasta el 80% por estas ayudas. En el caso de que el órgano instructor encargado del procedimiento de concesión de las ayudas otorgue un importe menor al solicitado por la entidad cliente, y no cubriendo así el coste de los servicios estipulados por Concilia2, este podrá rechazar la ayuda concedida sin costes añadidos.