Ayudas para Planes de Igualdad Cantabria

La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio de Cantabria convoca ayudas para la elaboración y puesta en marcha de planes de igualdad en pequeñas y medianas empresas de la región con el objetivo de favorecer la disminución de las desigualdades entre mujeres y hombres.

Requisitos para solicitar las subvenciones

Estas ayudas están destinadas a pymes de Cantabria de 4 a 49 trabajadores para la elaboración, implantación e inscripción de Planes de Igualdad.

Por qué solicitarlas

Aunque una pyme de menos de 50 personas trabajadoras no esté obligada, con carácter general, a disponer de un plan de igualdad, sí debe respetar la igualdad de trato y adoptar medidas para evitar la discriminación laboral entre mujeres y hombres. Un plan permite ordenar esas medidas a partir de un diagnóstico, fijar objetivos y hacer seguimiento de sus resultados. Para las empresas que prevén crecer, también es una oportunidad de avanzar antes de alcanzar el umbral que hace obligatorio el plan.

De este modo, puedes adelantarte y dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de igualdad y diversidad:

  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, que establece en su artículo 45 la obligatoriedad de las empresas de adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
  • Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre de 2020 que establece que las empresas de más de 50 personas en plantilla deberán contar con un plan de igualdad. (Esta subvención puede ser una oportunidad para empresas que prevean que en algún momento o periodo podrán alcanzar este número de personas en plantilla).
  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre de 2021, que establece la obligatoriedad de contar con un registro retributivo en todas las entidades con independencia de su plantilla, así como una auditoría salarial, en caso de contar con plan de igualdad.
  • La Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI que establece que “las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso y la violencia contra las personas LGTBI.»

Cuantía y plazos de solicitud

Las entidades que la soliciten podrán obtener una ayuda de hasta 7.000 euros, dependiendo del número de plantilla y de si incluyen o no medidas LGTBI:

De 4 a 10 personas 2.000 €
De 11 a 20 personas 3.600 €
De 21 a 30 personas 4.500 €
De 31 a 40 personas 5.200 €
De 41 a 49 personas 6.000 €

 

Además, esta cuantía podrá incrementarse en 1.000 € cuando la empresa cuente con un conjunto plantificado de medidas para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI y un protocolo general frente al acoso y la violencia que contemple medidas dirigidas al colectivo. De este modo, podrían alcanzarse los 7.000 € en el caso de las empresas de entre 41 y 49 personas trabajadoras que cumplan estos requisitos adicionales.

La solicitud se presenta una vez inscrito el Plan de Igualdad. La empresa dispone de 3 meses desde la resolución que comunica su inscripción para solicitar la ayuda.

Cómo podemos ayudarte desde Concilia2

  • Solicitud de las ayudas. Cumplimentación de las memorias de solicitud de forma totalmente gratuita y sin compromiso.
  • Puesta en marcha de los servicios contratados:
    1. Cumplimentación de la documentación de solicitud. De manera gratuita.
    2. Constitución y formación de la Comisión Negociadora. Asistencia a las reuniones.
    3. Diagnóstico de situación (interno o municipal).
    4. Registro y auditoria salarial.
    5. Plan de igualdad.
  • Memorias justificativas finales. Cumplimentación de las memorias justificativas finales, sobre las ayudas concedidas.

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29 Sep, 2026

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