Ya queda menos. A partir del 1 de enero de 2020, los padres de los bebés nacidos después de tal fecha contarán con 12 semanas de permiso por nacimiento. De ese modo, el permiso de paternidad durará cuatro semanas más que en año que dejamos atrás: el 2019. Este permiso será retribuido al 100%. Además, será intransferible, por lo que no se podrá ceder.
La palabra “intransferible” toma fuerza, conscientes de que la mayoría de los padres no aprovechan este permiso, sino que lo transfieren a la madre.
El objetivo es, por tanto, animar a los padres a acogerse a este permiso, de manera que su vez se fomente la reincorporación de las mujeres al mercado laboral, ya que son ellas las que tienen más dificultades como consecuencia de los roles de género. Se pretende evitar la penalización que supone para las mujeres la maternidad en el acceso y permanencia en el empleo, fomentando la corresponsabilidad en el cuidado.
Permiso de paternidad, ¿puede ampliarse más allá de las 12 semanas?
En caso de parto múltiple, es ampliable a cuatro semanas más por cada hija o hijo. También aumentan proporcionalmente las horas de lactancia.
En caso de discapacidad del hijo o de la hija, se amplía una semana. Lo mismo ocurre si el bebé es prematuro o requiere de hospitalización por un periodo superior a una semana, en cuyo caso se amplía un máximo de 13 semanas.
Dichas 12 semanas también son para padres y madres no biológicas. En cuanto a las madres biológicas, la prestación económica de nacimiento y cuidado de menor seguirá siendo de 16 semanas, seis de las cuales tendrán que ser disfrutadas inmediatamente después del parto.
¿Cómo se puede disfrutar?
Otro punto importante es que, de las 12 semanas de permiso, las cuatro primeras deberán cogerse de modo ininterrumpido después del parto. Las ocho semanas restantes en cualquier momento dentro del primer año. Además, podrán ser en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresariado.
Para poder solicitar el permiso de paternidad, es necesario estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social. Además, se exige que el padre tenga cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la mencionada fecha.
¿Y los autónomos?
Los autónomos, al igual que los asalariados, también contarán con 12 semanas de permiso. Eso sí, deben estar al corriente del pago de la cuota y dados de alta en el régimen de la Seguridad Social. Recibirán, también, el 100% de la base reguladora por la que estén cotizando, siempre cuando estén al corriente del pago de la cuota y dados de alta.
¿Qué pasa después de la baja por maternidad o paternidad?
A su reincorporación, ambos progenitores tendrán derecho a beneficiarse de cualquier mejora en las condiciones laborales que se haya alcanzado durante su ausencia
Además, tanto la madre como el padre, tienen derecho a un permiso de lactancia que equivale una hora de ausencia del trabajo hasta que el hijo o la hija cumpla los 9 meses o acumularlas en jornadas completas. Podrán disfrutarse de forma simultanea. No son transferibles.
No obstante, además de estos permisos, es importante que las empresas desarrollen medidas de conciliación corresponsable.
¿Por qué se ha ampliado el permiso de paternidad?
Esta ampliación del permiso de paternidad entró en vigor el pasado mes de abril a través del Real Decreto-Ley 6/2019 de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres. Se va ampliando de forma progresiva. Así, de las 12 semanas en 2020 se pasará a 16 en el 2021. Será en esta última fecha cuando dicho permiso se igualará con el de maternidad. Por ende, serán permisos iguales, intransferibles y cien por cien remunerados,
Una vez equiparados, las seis primeras semanas posteriores al parto serán obligatorias e ininterrumpidas, y las diez restantes que tendrá cada progenitor serán a distribuir hasta que el bebé cumpla un año.
Se plantea, además, la necesidad de normalizar el uso de los permisos de paternidad y que las empresas interioricen que conciliar también puede ser rentable.
¿Cómo ha evolucionado este permiso?
El permiso de paternidad en España apareció por primera vez con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Lo definía como «un derecho individual y exclusivo del padre, que se reconoce tanto en los supuestos de paternidad biológica como en los de adopción y acogimiento».
Hasta entonces, los derechos del padre quedaban recogidos por el artículo 37b del Estatuto de Trabajadores, aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado por primera vez en 1980. Reconocía el derecho del padre a dos días, que eran ampliables a cuatro en caso de «fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad».
Los datos del 2019
La última estadística del Ministerio de trabajo asegura que, hasta septiembre de 2019, se han registrado 120.973 prestaciones de maternidad y 15.750 de paternidad. Es decir, hay más hombres cobrando la prestación. Unos datos que no son de extrañar si tenemos en cuenta que ellos cuentan con mayores tasas de empleo. Esto significa que cumplen con mayor facilidad los requisitos para acceder a tales prestaciones.
Asimismo, el número de excedencias ha aumentado un 4,8% respecto a septiembre de 2018. En el caso de las percibidas por mujeres han crecido un 3,99% y en las de hombres un 12,12%.
Con estas medidas se procurará eliminar las barreras que llevan a la desigualdad de género en el mundo laboral, así como establecer nuevos caminos a la igualdad.
Jéssica Murillo, periodista experta en igualdad e intervención en violencia de género