Convocadas las subvenciones para la puesta en marcha de Planes de Igualdad en Castilla – La Mancha

Convocadas las subvenciones para la puesta en marcha de Planes de Igualdad en Castilla – La Mancha
26 abril 2017 Sonia Jaén

 

subvenciones

Hoy, 26 de abril, se ha publicado en el DOCM la Resolución de 05/04/2017, del instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para planes de igualdad en el año 2017.

Las entidades interesadas dispondrán de 10 días hábiles para presentar solicitud.

A continuación, os contamos todo lo que necesitáis saber para optar a las ayudas convocadas:

¿Qué entidades podrán ser beneficiarias de estas subvenciones?

  1. Empresas, con independencia de su forma jurídica (incluidas cooperativas y comunidades de bienes).
  2. Corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional con sede o delegación permanente en Castilla-La Mancha.
  3. Entidades sin ánimo de lucro.
  4. Entidades locales.

¿Qué se subvenciona?

Planes de Igualdad elaborados y puestos en marcha por primera vez por parte de las entidades anteriormente señaladas antes del 31 de diciembre de 2017.


¿Cuantía de la ayuda?

Hasta un máximo de  6.000 €.


¿Cuándo finaliza el Plazo?

El próximo 10 de  Mayo.


¿Qué documentación se requiere?

Contacten con nosotros y le informaremos. En Concilia2, le tramitamos la solicitud de subvención y el proyecto que le acompaña, atendiendo a los criterios de valoración establecidos. Además, nos encargaremos de justificar debidamente la subvención concedida elaborando la memoria de actuación requerida y, por supuesto, su Plan de Igualdad.


¿Qué requisitos tengo que cumplir para poder optar a la obtención de la ayuda económica?

  • No estar incursos en las prohibiciones establecidas la Ley  38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
  • Si se tratase de personas o entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firma, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.
  • Estar, en su caso, constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes.
  • Disponer de una plantilla, en el momento de presentar su solicitud, no inferior a 25 y no superior a 250 personas trabajadoras.
  • Disponer de la estructura técnica y capacidad financiera suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Y, por último, ¿cuáles son los beneficios que reportan los Planes de Igualdad?

  • A las entidades que disponen de un Plan de Igualdad la Administración Pública está otorgando preferencia en la adjudicación de algunas subvenciones y contratos públicos.
  • Potenciación de la imagen pública y la reputación de su empresa. Tras la elaboración e implantación del Plan de Igualdad, podrán obtener distintos premios y reconocimientos de distintas organizaciones, entre ellos, el «Distintivo de Igualdad en la empresa».
  • Incorporación a su política de Responsabilidad Social Empresarial.
  • Mejora del clima laboral.
  • Fomento del compromiso de la plantilla.
  • Disminución del absentismo.
  • Retención del talento.
  • En definitiva, mejora de la productividad.

 

Rogamos se pongan en contacto con nosotros lo antes posible pues, en caso de empate, se atenderá a la fecha y hora de presentación de las solicitudes.

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